Protocolos y normativas
El próximo día 7 de octubre de 2022, entran en vigor los nuevos protocolos y normativa de acoso laboral en la empresa, lo que implica nuevas obligaciones para las empresas:
- Todas las empresas (y no solo las obligadas a tener un plan de igualdad) deben promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
- Deben arbitrar procedimientos específicos para (a) la prevención del acoso laboral, (b) para dar cauce a las denuncias o reclamaciones de las personas trabajadoras que hayan sido objeto de esas conductas, (c) incluyendo las que se produzcan en el ámbito digital.
- Para ello, las empresas podrán establecer diferentes medidas que se negociarán con los representantes de los trabajadores en la empresa, si los hay, como pueden ser:
- Códigos de buenas prácticas.
- Campañas informativas.
- Protocolos de actuación.
- Acciones de Formación.
- Los representantes de los trabajadores deben contribuir en la prevención del acoso laboral, recayendo sobre ellos la obligación de informar a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo.
- Dicha obligación afecta tanto a las empresas como a las administraciones públicas.
- En cumplimiento de estas obligaciones, las empresas deberían establecer los Protocolos de Acoso que permitan atender las denuncias o reclamaciones que se produzcan, de manera transparente para dar cumplimiento a la normativa y fijar los procedimientos exigidos por la norma.
- El acoso laboral y el acoso sexual que se producen en el ámbito de las facultades empresariales y siempre que la empresa no adopte las medidas necesarias para impedirlo, constituye una infracción laboral muy grave. Y tratándose de una infracción en materia de prevención de riesgos laborales, está sancionada con multa entre 49.181€ y 983.736€.
El área laboral de UHY Fay & Co pone a disposición de sus clientes servicios especializados en el diseño, implantación y negociación colectiva de los Protocolos de Acoso en la empresa, que se ajuste a las necesidades de la organización reduciendo los riesgos derivados de la situación descrita.
Fe López
Socia, Abogada especializada en Derecho Laboral