Descubre cómo la reciente sentencia del TJUE del 19 de diciembre de 2024 puede permitir a empresas no residentes recuperar retenciones sobre dividendos en España. Reduce tus costes fiscales con UHY Fay & Co.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que negar la devolución de retenciones a empresas no residentes cuando operan en pérdidas vulnera los principios fundamentales de la Unión Europea. En este artículo, analizamos el impacto de esta sentencia y cómo las empresas pueden beneficiarse de ella con la ayuda de nuestros expertos en asesoramiento fiscal internacional.
- Contexto de la Sentencia del TJUE
El TJUE ha evaluado si la normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en España respeta el derecho comunitario. El problema radica en que las empresas extranjeras no pueden recuperar las retenciones soportadas en España aunque estén en situación de pérdidas, mientras que las empresas españolas sí pueden hacerlo.
1.1. Diferencia en el Tratamiento Fiscal
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- Empresas residentes: pueden recuperar las retenciones si reportan pérdidas.
- Empresas no residentes: no tienen acceso a este beneficio generando una desventaja competitiva.
1.2. Impacto en la Libre Circulación de Capitales
El fallo destaca que esta diferencia de trato desincentiva la inversión extranjera afectando la libre circulación de capitales dentro de la UE.
- Claves del Fallo del TJUE del 19 de Diciembre de 2024
El TJUE concluyó que la normativa española constituye una discriminación injustificada. Se basa en casos anteriores como Sofina (C-575/17) y ACC Silicones (C-572/20), reforzando la igualdad de trato en materia fiscal.
- Beneficios para Empresas No Residentes
Las empresas extranjeras afectadas pueden evaluar la viabilidad de solicitar la devolución de las retenciones soportadas en aquellos años en los que reportasen pérdidas. Esto puede suponer una reducción significativa del coste fiscal.
3.1. ¿Quiénes pueden reclamar?
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- Empresas no residentes que hayan pagado retenciones (sobre dividendos, intereses, actividades empresariales etc.) en España y
- Que, en su país de origen, generaron pérdidas durante el período fiscal en el que soportaron la retención.
3.2. Plazos y Procedimientos
Es clave actuar antes de la prescripción de los ejercicios fiscales. Nuestros expertos asesores fiscales recomiendan una revisión detallada para evaluar cada caso.
- Cómo Solicitar la Devolución de Retenciones en España
El proceso requiere un análisis de la situación global con el apoyo de UHY Fay & Co.
4.1. Documentación necesaria
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- Justificación de pérdidas en el país de origen.
- Comprobantes de retenciones en España.
- Argumentación basada en la jurisprudencia del TJUE.
4.2. Pasos a seguir
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- Análisis de viabilidad con nuestros asesores fiscales expertos en la materia.
- Preparación de la documentación
- Presentación de la solicitud ante la administración tributaria española.
- Seguimiento del procedimiento hasta obtener resolución.
Conclusión
El fallo del TJUE abre la puerta a la recuperación de retenciones para empresas extranjeras en pérdidas. Actuar a tiempo puede representar un ahorro significativo en costes fiscales.
Si necesitas asesoramiento experto, en UHY Fay & Co contamos con un equipo especializado en fiscalidad internacional y procedimientos tributarios. Contáctanos para más información.
Inmaculada Domecq
Partner Tax & Legal
idp@uhy-fay.com
Nota: Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos específicos, consulta con nuestros expertos en asesores fiscales.